Plazos para adaptarse a la política de igualdad (2020, 2021, 2022)
El Decreto 6/2019 sobre igualdad de género en el ámbito laboral establece unos plazos máximos para que las empresas
se adapten a la normativa. Esta adaptación incluye la elaboración del Plan de Igualdad y su aplicación dentro de los siguientes plazos:
- Un año para las empresas entre 150 y 250 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2020)
- Dos años para las empresas entre 100 y 150 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2021).
- Tres años para las empresas entre 50 y 100 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2022).
*Los plazos empezaron a contar desde la publicación del Decreto-Ley en el BOE, el 7 de marzo de 2019.
Contenido del Plan de Igualdad
En Nos Adaptamos te ayudamos en la Elaboración de un Plan de Igualdad adaptado a la normativa vigente. Algunos de las contenidos que incluiremos son:
Contratación y selección de personal.
- Formación de los trabajadores.
- Clasificación y categorías profesionales.
- Condiciones laborales (salario, jornada de trabajo, vacaciones, permisos, etc).
- Representación femenina en la empresa.
- Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- Prevención del acoso por razón de género
Además, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, ahora también es necesario realizar una auditoría salarial entre hombres y mujeres, para garantizar la igualdad retributiva.
Metodología y Fases de Implantación de un Plan de Igualdad
El Plan de Igualdad debe tener coherencia y orden, debe ser realizado bajo un diagnóstico previo y ser negociado con los agentes sociales.
Un proyecto de elaboración de Plan de Igualdad en la empresa comprende las siguientes fases:
- Compromiso de la dirección y Formación de un Comité de Igualdad permanente.
- Diagnóstico de la situación de la empresa en materia de igualdad.
- Programar objetivos y definir acciones. Registro del Plan.
- Evaluación y mejora periódica
- Cierre
El Plan de Igualdad debe de ser registrado en un Registro Oficial REGCON. Debe de ser revisado periódicamente y debe tener una vigencia no superior a cuatro años.